Las entidades sin fines de lucro deberán ajustarse en todo a las normas de cualquier contribuyente, los comprobantes de ingresos deberán ser ajustados a los modelos establecidos en las siguientes disposiciones legales (las mismas pueden leerse por Internet en los sitios detallados a continuación de cada disposición legal):
Resolución 33/92:
Resolución 42/92:
Resolución 235/94:
Sugerimos que se implemente la utilización de Facturas para todas las operaciones de ingresos, dividiendo en Contados y a Crédito, con la aclaración que todos los servicios deben ser facturados en la columna de exentas.