Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Gastos Personales y Familiares IMAGRO


Una duda si mi pudieran aclarar

Tengo como cliente una S.A., contribuyente del IMAGRO, IRACIS e IVA, este contribuyente, como dije es una Persona Juridica, ahora bien, el mismo realiza erogaciones varias (articulos p/ bebes, juguetes, bebidas y otros gastos, electrodomesticos) que no tienen relación con el giro del negocio. Estas erogaciones son registrados en la cuenta ¨Gastos Personales y Familiares¨; ahora bien, referente a esta cuenta en especifica el Art. 30 Punto 1 Inciso c.d establece ¨En caso de personas FISICAS serán tambien deducibles todos los gastos e inversiones personales y familiares a su cargo en que haya incurrido el contribuyente y destinadas a la manutención, educación, salud vestimentas y otros.También en el Decreto 4305/04 Art. 11 menciona ¨En caso de personas FISICAS se admitiran como gastos deducibles gastos familiares¨.

Ahora bien, tanto en la Ley como en el Decreto menciona que son deducibles para personas FISICAS, no obstante esta erogación, en el caso que le menciono lo realiza una S.A. (Persona Juridica); por cual desde mi punto de vista, considero que los mismos NO SON DEDUCIBLES para el calculo del Impuesto a la Renta.

Respuesta:

Esta correcta tu apreciación sobre el punto, definitivamente no son deducibles.
Los gastos familiares en IMAGRO son exclusivamente para empresas unipersonales.

Efectivamente los Gastos personales y familiares son solo para personas físicas, y además no son perdidas acumulables!!


Actualización página Web de la SET


Se actualiza página web conforme a nuevas disposiciones

Teniendo en cuenta las ultimas resoluciones emitidas, la Subsecretaría de Estado de Tributación del  Ministerio de Hacienda se encuentra actualizando varias secciones de su página web: www.set.gov.py, con el objetivo de facilitar los trámites on line a los contribuyentes.

En atención a la puesta en producción de la nueva opción para la solicitud de créditos fiscales se ha elaborado una guía para el registro de dichas solicitudes. La misma esta disponible bajo el nombre “Guía para el Registro de Solicitudes de devolución o repetición de Créditos Fiscales” en la sección SERVICIOS ON LINE/Instructivo de Servicios OnLine.

Por otro lado, en virtud de lo establecido en las resoluciones generales N° 57 y N° 58 referente a la presentación de declaraciones juradas por intenet, se han estandarizado los listados de  contribuyentes afectados por dichas normativas. Los mismos están disponibles en la sección NOVEDADES bajo el nombre de “Listados de contribuyentes afectados por las resoluciones generales N° 49, 57 y 58/2011”.


Marangatu’í

Está disponible en la página web de la Administración Tributaria la versión actualizada del software Marangatu’í conteniendo los formularios actualizados, establecidos en la resolución 50/11. Para acceder a los mismos los interesados deben descargar  la versión 2.1.0. en el siguiente link: Marangatu'i (Versión 2.1.0).