Alguien me puede aclarar como registrar las Boletas de Venta en el SISTEMA.No tengo claro si debo tratar las ventas como exentas o con su respectivo IVA. De antemano les agradezco su atencion.
Respuesta:
Las Boletas de ventas deben ser consideradas como exentas, en el caso de ser compra. Si se trata de ventas, son gravadas
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Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR | ||
Monto Total:
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Coeficiente Divisor: | 1,015 | |
Importe sin IVA: | 0,00 | |
Importe Exento: | 70% | 0,00 |
Importe Gravado al 5%: | 30% | 0,00 |
5% del IVA s/Gravar: | 5% | 0,00 |
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