Calculadora de IVA para Inmuebles

Calculadora de IVA para Inmuebles
Se calculan los importes SIN IVA, EXENTOS, GRAVADOS al 5% y el 5% de IVA SIN GRAVAR
Monto Total:
Coeficiente Divisor: 1,015
Importe sin IVA: 0,00
Importe Exento: 70% 0,00
Importe Gravado al 5%: 30% 0,00
5% del IVA s/Gravar: 5% 0,00

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Que verguenza foro de contadores

 EN EL FORO DE CONTADORES ES UNA VERGUENZA ABERRANTE Y AGRAVANTE DE QUE SON TODOS UNOS MASTER PERO NO HAY LIBERTAD PARA COMPARTIR INFORMACION SOLO SE TIENE QUE COMPARTIR INFORMACION DE MATERIA PROFESIONAL. QUE IGNORANCIA LA DE LOS MASIGNORANTES.
FIJENSE COMO LE TRATAN A UNO DE SUS COLEGAS QUE DESEA COMPARTIR QUE BENEFICIA AL INTERIOR DE UNA PERSONA. 

"QUIERO QUE SE ELIMINE A TODAS ESTAS PERSONAS QUE JODEN CON ESTE TIPO DE COSAS, YA SEA RELIGIOSO, POLITICO O QUE LE BUSCA A SUS COMPAÑEROS DEL COLEGIO.. AQUI OTRO EL TEMA, TDOO BIEN CON DIOS, LOS ROJITOS Y AZULES,,, PERO ESTE NO ES EL SITIO,, ASI QUE POR FAVOR SEÑORES ADMINISTRADORES, RESPETO A LA PROFESION Y A LA PAGINA Y A BLOQUEAR ESTE TIPO DE COSAS,

MUY CIERTO NO HAY QUE DISCUTIR.....

PERO ESTOY DE ACUERDO QUE HAY GENTE DESUBICADA,  ESTE ES UN FORO DE CONTABILIDAD.....  "

Y SERIA INTERESANTE QUE PARA LA PROXIMA LA ADMINISTRACION ADVIERTA A LA GENTE


ESTE FORO SE CREO CON UN PROPOSITO, Y SI NO ESTA DE ACUERDO LA GENTE QUE SE LE QUITE DEL FORO.


ASI DE SENCILLO.
UNO PIENSA POR LAS OTRAS PERSONAS Y AL FINAL Y AL CABO UNO SALE MAL....

Curso Administración Agropecuaria

Curso: Diplomatura en Administración Agropecuaria.

Inicio del curso: Octubre/2011-12
Docente: Ing. Cristina Issaly, Ing. Rubén Suárez y Ing. Gustavo Sueldo
Módulos:
1.    “Investigación Operativa Aplicada a Evaluación de Empresas Agropecuarias”. 13,14,15 de octubre 2011
·         Desarrollo de conceptos sobre costo de producción, valor de lo producido, beneficio económico y rentabilidad.
·         Actividades prácticas con uso de modelo de simulación.
·         Técnicas de simulación: aplicaciones utilizando sistemas informáticos para evaluaciones económicas de actividades.
·         Análisis de sensibilidad de variables, análisis de escenarios múltiples, búsqueda de valores de una variable condicionando por el valor de otra; análisis de riesgo.
·         Conceptos teóricos sobre Margen Bruto.
·         Presentación de sistemas informáticos para evaluaciones económicas de actividades a través de márgenes brutos.
·         Desarrollo de conceptos sobre planificación empresarial.
·         Métodos de planificación de corto plazo: por márgenes brutos. Ejercitación con ejemplos de sistemas productivos con actividades ganaderas bovinas de producción de carne y/o leche.
·         Programación lineal. Conceptos teóricos. Manejo del solver.
·         Aplicaciones de la Programación Lineal utilizando sistemas informáticos para resolución de problemas de gestión empresarial de mínimo costo y máximo beneficio económicos parcial.
·         Presupuesto financiero.

2.    “Análisis Económico Financiero”. 24,25,26 de noviembre 2011
·         Las funciones financieras.
·         Información para el análisis económico financiero.
·         Análisis de estados financieros.
·         Análisis de la capacidad de pago en el corto plazo.
·         Análisis de la capacidad de pago global.
·         Análisis de la capacidad de generar resultados económicos.
·         Efecto de endeudamiento en los indicadores de rentabilidad.
·         Diagnostico económico financiero de la empresa.

3.    “Evaluación de proyectos”. Marzo 2012
·         Etas del proceso del proyecto.
·         Que espera el inversor de un proyecto.
·         Indicadores del proyecto.
·         Flujo de caja.
·         Flujo de caja de empresas en funcionamiento.

Titulación que ofrece:
      Diplomatura en Administración Agraria expedido por el Instituto de Reproducción Animal de Córdoba – IRAC.

Lugar:                                                 Inversión:

Salón de eventos Hotel PORTAL DEL SOL                             CONTADO: USD 2.310 IVA incl.

Inscríbete ya!!
Informes:
Tel / Fax: (595-21) 614 807
Cel: (0982) 827-787
E-mail: info@gestionganadera.com.py
Web: www.gestionganadera.com.py
Dirección: Cruz del Chaco 474 c/ Campos Cervera – Planta Baja
Asunción – Paraguay

Lic. M.Laura Duarte Couchonnal
Coordinadora de Capacitaciones
Gestión Ganadera
www.gestionganadera.com.py
Cruz del Chaco 474 c/ Campos Cervera
Tel.: 021 614 807 / 0982 82 77 87

Consulta negocio de comida

Quiero hacerles una consulta

Un cliente esta queriendo habilitar un negocio donde se sirva comida rápida, donde prácticamente el 90% de lo que se va vender será importado, vienen embasados al vacío, y se calienta en baño maría para servir, y en el local lo que se cocinaría es arroz blanco, papas fritas y papas al horno.

Al tratarse de comida, que tipo de permisos necesito?

Espero la colaboración de todos y desde ya muchas gracias

Respuesta:

Si va a ser un negocio abierto al publico, tienes que gestionar la patente comercial en la Municipalidad. Tienes que definir si va a ser unipersonal o persona juridica, para desde ya los permisos salgan a nombre del ente que ustedes definan. En paralelo tendrías que hacer los trámites ante la SET para la obtenciónde RUC, definiendo la actividad comercial, y a que tipo de Regimen de Impto a la Renta van a estar (IRPC o IRACIS).

En paralelo en el Municipio deben de también obtener el permiso para la distribución de comidas en lo concerniente al tema de salubridad, que se denomina: PERMISO SANITARIO si cumples con las condiciones físicas y salúbrica el establecimiento que va a distribuir dichas comidas.

Pero ojo tenes que tener si o si patente y licencia comercial de la municipalidad, en la apertura del ruc  tiene que figurar que es la actividad correctamente
Adjunto te copio el link del codigo sanitario donde tenes mas detalles :

LEY N° 836 DE CODIGO SANITARIO

Resolucion General Nº61

Estimados todos/as

Va la R.G. Nº.61 interesante para los que gestionamos recuperos de Créditos Tributarios.

Descargar

Resolucion General Nº 61



Alguien tendria la Resolucion de referencia
Desde ya gracias

Respuesta:

Descargar Resolucion General Nº 61

Ingreso por Auspicio

Me surgio una pequeña duda respecto a cómo facturar un ingreso por auspicio para un evento de una ONG, si corresponde hacerlo excento o gravar IVA.
Espero puedan disiparme esta duda. Gracias y que tengan un excelente dia.

Respuesta:

En base a tu pregunta : Por mas que sea una ONG debe facturar con IVA.
dice la ley 125/91 texto actualizado Ley Nº 2421/04  en el Articulo 14 Exoneraciones (Renta)  y Art. 83.- Exoneraciones(Iva)
b)  Las entidades de asistencia social, caridad, beneficencia, instrucción científica, literaria, artística, gremial, de cultura física y deportiva, y de difusión cultural y/o religiosa, así como las asociaciones, mutuales, federaciones, fundaciones, corporaciones, partidos políticos legalmente reconocidos y las entidades educativas de enseñanza escolar básica, media, técnica, terciaria y universitaria reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura, siempre que sean instituciones sin fines de lucro. Se consideran instituciones sin fines de lucro aquellas en las que sus utilidades y excedentes no se distribuyen a sus asociados, siendo aplicadas al fin para el cual han sido constituidos.
A los efectos de esta Ley, las entidades sin fines de lucro, mencionadas en los incisos a) y b), que realicen alguna actividad que se encuentra afectada por los impuestos vigentes, cuando tales actos tuviesen carácter permanente, habitual y se encuentren organizados en forma empresarial en el sector productivo, comercial, industrial o de prestación de servicios, quedarán sujetos a los impuestos que inciden exclusivamente sobre dichas actividades, estando exentas sus restantes actividades. Se considera que la actividad desarrollada tiene carácter permanente, habitual y está organizada en forma empresarial cuando es realizada en forma continuada mediante la complementación de por lo menos dos factores de la producción, de acuerdo con los parámetros que determine la reglamentación. Quedan excluidas de la precedente disposición y consecuentemente exoneradas del presente impuesto, las entidades sin fines de lucro que se dediquen a la enseñanza escolar básica, media, técnica, terciaria y universitaria reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura, así como las que brindan servicio de asistencia médica, cuando dicha prestación tiene carácter social, tomando en consideración la capacidad de pago del beneficiario, o gratuitamente.

Las entidades con fines de lucro que se dediquen a la enseñanza escolar básica, media, técnica, terciaria y universitaria quedarán sujetas al pago del Impuesto a la Renta, exclusivamente cuando distribuyan sus utilidades, en cuyo caso deberán aplicar las alícuotas establecidas en el Artículo 20 numerales 1), 2) y 3).

Las entidades sin fines de lucro que realicen alguna actividad que se encuentra afectada por los impuestos vigentes, cuando tales actos tuviesen carácter permanente, habitual y estén organizadas en forma empresarial en el sector productivo, comercial, industrial o de prestación de servicios, conforme lo expresado precedentemente, tendrán las obligaciones contables previstas en las normas reguladoras del Impuesto a la Renta y de la Ley del Comerciante, debiendo estar inscriptas en el RUC y presentar balances y declaraciones juradas de impuesto a los efectos del cumplimiento de su obligación tributaria, y en los demás casos, a los fines estadísticos y de control.

Las entidades sin fines de lucro exoneradas del presente impuesto tendrán, sin embargo, responsabilidad solidaria respecto de las omisiones o evasiones de impuestos que se perpetren cuando adquieran bienes y servicios sin exigir la documentación legal pertinente.


Espero te  sirva.

Facturas con codigo de barras

Alguien podría indicarme  para emitir factura con código de barra que procedimientos se deben realizar ante la set?

Muchas gracias

Respuesta:

NO hay ningún requisito ante la SET para agregar elementos a una factura.

Formulario 120 marangatu í

Buenas tardes

Esta es una consulta sobre todo a aquellos colegas con más experiencia y práctica en la parte técnica y porque no a quienes les haya ocurrido algo igual o similar, me gustaría leer sus opiniones acerca de este caso.

1) Al actualizar el marangatu í  me encuentro con la novedad que al cargar declaraciones rectificativas de periodos anteriores, el formulario 120 que asume el programa es el nuevo, la version 2. ¿Se puede presentar ddjj rectificativas de años anteriores con la nueva versión? Mi temor es encontrarme que en la ventanilla del banco me salgan con que no se puede presentar con esa nueva versión dichos periodos.

2) Para solicitar desbloqueo de RUC es con el formulario 10, eso está claro para mi. Pero resulta que este contribuyente debe solicitar PRESCRIPCIÓN de los periodos anteriores a los ultimos 5 años. ¿Se da entrada simultáneamente el formulario 10 y la nota de solicitud o por separado? ¿Es necesario presentar todas las copias de ddjj que se rectificaron de los últimos 5 años?

Ruego atención a esta consulta, ya que mañana debo realizar este trámite, será para mi de gran ayuda sus aportes.

Atte.

Respuesta:

 De acuerdo a mi entender y experiencia:

1.   Al realizar una declaración jurada de IVA en el formulario 120 anteriores al periodo julio 2011, ya sean estas originales o rectificativas, el sistema Marangatu’i genera el formulario 120 versión 1, lo acabo de corroborar y efectivamente es así.

2.   Respecto al tema de bloqueo y prescripción es importante tener en cuenta los siguientes casos:

a.   Primero indagar sobre el porqué? del bloqueo del RUC, posiblemente exista certificado de deuda generado. Si este fuere el caso, se deberá por expediente solicitar el desbloqueo, arrimando a la Administración Fiscal las documentaciones que acrediten o desacrediten las deudas reclamadas.

b.   Si el bloqueo ocurre a causa de falta de presentaciones de formularios de periodos ya prescriptos (lo cual no creo sea el caso) o quizá por falta de actualización de datos del contribuyente durante la campaña de actualización, se deberá proceder primeramente a solicitar el desbloqueo del RUC y posterior a esto, cumplir con las obligaciones reclamadas.

Otro punto importante a tener en cuenta, hasta donde tengo entendido, es que las prescripciones actualmente son automáticas, es decir, si un contribuyente tiene pendiente de presentación declaraciones juradas por periodos ya prescriptos, hasta tanto no las presente, las mismas le seguirán figurando en su estado de cuenta, sin embargo una vez que se proceda a la presentación de las mismas, las multas generadas por estas (en el caso que sean sin movimiento), automáticamente desaparecen del estado de cuenta del contribuyente.

Quizá algún otro colega pueda compartir esto, sin embargo, nunca está de más consultar previamente a la Administración Fiscal.

Espero te sea de ayuda.

Alianza electoral izquierda abertzale


La alianza electoral formada por la izquierda abertzale,articipará en las elecciones generales del próximo 20 de noviembre con el nombre de Amaiur,
Esperemos que el resultado de los comisio dean un resultado positivo.
Para estas epocas es muy importante la participacion ciudadana para dar su voto de confianza y de apostar por el cambio.
 La coalición Bildu, formada por Eusko Alkartasuna, Alternatiba y otros miembros de la izquierda ‘abertzale’,concurrirán en bloque a las elecciones con Aralar bajo esta nueva marca electoral.La marca ‘Amaiur’, con la que reivindicará “los derechos nacionales que le corresponden a Euskal Herria” .
Un nombre con tradiciónAmaiur, nombre que ya se utilizó para denominar una coalición electoral en diversas merindades de Navarra en las elecciones al Parlamento de Navarra el 3 de abril de 1979, es una localidad enclavada en el valle de Baztán (Navarra) y es un símbolo para los independentistas vascos, ya que su castillo de Maya fue el último bastión que resistió los asedios de Castilla en 1521.


 “Elecciones 20N”

<img src="http://bit.ly/n3AVYl" >

Multas de la empresa denominada SERTRAN

Adjunto va el decreto 6704 del 6 de junio de 2011, refrendado por Fernando Lugo donde ratifica que la policía caminera es la única institución responsable del control de las rutas internacionales dentro del país, y por lo tanto desautoriza a SERTRAN (empresa ligada al servicio de cámaras de control de velocidad, etc, etc) al cobro de multas.

Me parece importante hacer pública esta información para no caer en multas o pagos que no correspondan de municipios que operan con esta empresa. Ejemplo: Ypacara´i - Ñemby - Cnel. Oviedo, y otros lugares

Esto casi no se dio  aviso por los medios de comunicacion, diario, no gastaron en pegar volantes, afiches etc.
Pero si ABC publica corriendo otras cosas que solo sirven para embrumar mas al pueblo. Asi es que gente atentissss a no pagar multa a SERTRAN

Espero les sirva, aguardo sus comentarios al respecto

Decreto 67041/2011


Modelo de nota que les podria ser de utilidad

Pago anticipo SRL

Quiero consultar al foro acerca de cual seria el criterio correcto a aplicar en el caso de una SRL q decide pagar anticipo a cuenta de utilidades de este ejercicio. Los socios asumen el porcentaje del impuesto pero, hay una duda en pagar el impuesto inmediatamente posterior a recibir los dividendos aanticipados ya q consideran q es un adelanto y aun no se sabe cuanta seria la utilidad total del año por lo q ven la posibilidad de provisionar el pago de impuestos en el pasivo y pagar luego cuando retiren la diferencia luego de liquidar el IR sin intereses adicionales sobre el primer retiro.
Aguardo sus comentarios, saludos

Respuesta:

Ayuda gente ayudaa!!!!!

Calculo de horas extras para trabajadores mensualeros

El calculo para pago de horas extras es el siguiente:

Cuanto se paga en horas extras por un domingo ? Diurno y nocturno.

Alguien tendría esa escala? No me es muy claro el código laboral.

Desde ya muchas gracias

Respuesta:

Cambio de empresa unipersonal a SRL

Les consulto una situación; si algún colega ha tenido experiencia en esto si podría guiarme.!

Consulta: Empresa Unipersonal; con habilitación en la Municipalidad con licencia al día.; bien formalizada.....como dicha empresa esta en crecimiento la misma quiere transformar en una SRL.! preguntas: todos los bienes de la unipersonal puedo trasladar directamente a la SRL? como quedaría lo de la municipalidad.? no hay cambios de domicilio, ni de representante legal....solo el traspaso a una SRL.

- Por favor si alguien podría aportar algo les agradecería infinitamente.!

Respuesta:

Absorcion de S.A.

Estimados, buen día!
 
Mi consulta si alguien  tendría a mano una serie pasos, procedimientos y documentacion a seguir para la absorcion de una empresa de SA a SA. Ambas empresas son importadoras.
 
Muchas gracias.

Respuesta: 
Deberías tener en cuenta a grosso modo:

1- Debe existir un acuerdo unánime de los Socios.
2- Balance  para el efecto, aprobado por los Socios
3- Poner el balance a disposición de los Acreedores, plazo 30 días
4- Publicación de la transformación, plazo 5 días
5-Escritura Pública que instrumente la transformación, anexando el balance aprobado por los Socios.
6-Modificación del Estatuto Social e Inscripción en el Registro Público de Comercio.

Informe sindico comision vecinal

Podrian pasarme modelo informe de sindico para un comision vecinal barrial.

la persona no es contador y tiene poco conosimiento sobre el tema de balance.

Esperero su colaboracion 

Desde ya agradecido

Atentamente

Respuesta:

La funcion de sindico la tiene que ejercer un profesional idoneo, gente es alli donde prostituimos nuestra profesion, no se puede hacer responsable a una persona que no tiene la mas palida idea de lo que esta firmando, recordemos dicha funcion debe ser ejercida con responsabilidad penal, ojo gente y mas todavia en ONG en donde se manejan fondos sociales, es mi humilde opinion....

Algunas consideraciones con respecto al tema de Sindico

Debemos tomar en NO solo los beneficios de tener un ingreso-i Extra, por figurar como Sindico, sino las OBLIGACIONES Art. 1124 y por sobretodo las RESPONSABILIDADES que nos impone el Codigo Civil en el Articulo 1125.

ACUERDENSE que el primero que va ir "PRESO" es el SINDICO, pues como establece el Codigo Civil debe ser "idoneo" o sea no puede alegar desconocimiemto de las leyes y reglamentaciones (los accionistas si pueden decir que no sabian) que afecta a la empresa y la cual esta obligado a hacer cumplir ante la Ley y los Accionistas. 

Transcribo parte del Codigo Civil lo mencionado mas abajo.

CODIGO CIVIL

PARÁGRAFO VI

DE LA FISCALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD
Art. 1117.- Sin perjuicio del control establecido por las leyes administrativas o por leyes especiales, la fiscalización de la
dirección y administración de la sociedad está a cargo de uno o más síndicos titulares y otros tantos suplentes, designados con
carácter personal e indelegable.
Art. 1118.- Los síndicos deben ser idóneos para que el control que les corresponde ejercer sea eficiente, atendiendo a la
importancia y complejidad de las actividades de la sociedad.
Deben estar domiciliados en la República y ser hábiles para el cargo, conforme establece el artículo siguiente.
Art. 1119.- No pueden ser síndicos:
a) los que por este Código no pueden ser directores;
b) los directores, gerentes, y empleados de la misma sociedad o de otra que la controle; y
c) los cónyuges y los parientes de los directores por consanguinidad en línea recta, los colaterales hasta el cuarto grado inclusive, y los afines dentro del segundo.
Art. 1120.- Los estatutos establecerán el plazo por el cual serán designados los síndicos, hasta un máximo de tres ejercicios, sin perjuicio de su obligación de desempeñar el cargo hasta que sean reemplazados. La asamblea de accionistas puede dejar sin
efecto su designación, sin que esta facultad sea susceptible de limitación.
Art. 1121.- Los síndicos titulares serán reemplazados por los suplentes en caso de vacancia temporal o permanente. No siendo posible la sustitución, el directorio convocará de inmediato a la asamblea para que haga las designaciones a fin de completar el período.
El síndico impedido para desempeñar sus funciones cesará de intervenir y dará aviso al directorio dentro de los diez días.
Art. 1122.- El síndico que tuviere interés en determinada operación deberá abstenerse de participar en todo lo relativo a ella, so pena de perder el cargo y responder de los daños y perjuicios causados a la sociedad.
Art. 1123.- La función del síndico será remunerada. Si la remuneración no estuviere determinada por los estatutos, los será por la asamblea.

Art. 1124.- Son atribuciones de los síndicos:
a) fiscalizar la dirección y administración de la sociedad, a cuyo efecto deben asistir con voz, pero sin voto, a las reuniones del directorio, y de las asambleas, a todas las cuales deben ser citados.
a) Esa fiscalización se cumplirá en forma ilimitada y permanente sobre las operaciones sociales, pero sin intervenir en la gestión administrativa.
b) examinar los libros y documentación siempre que lo juzguen conveniente y, por los menos, una vez cada tres meses;
c) verificar en igual forma las disponibilidades y títulos-valores, así como las obligaciones y la forma en que son cumplidas; igualmente pueden solicitar la confección de balances de comprobación;
d) controlar la constitución y subsistencia de la garantía de los directores y solicitar medidas necesarias para corregir cualquier irregularidad;
e) presentar a la asamblea ordinaria un informe escrito y fundado sobre la situación económica y financiera de la sociedad,
dictaminado sobre la memoria, inventario, balance y cuenta de ganancias y pérdidas;
f) suministrar a los accionistas que representen, cuando menos, el diez por ciento del capital integrado y que lo requieran, información completa sobre las materias que son de su competencia;
g) convocar a asamblea extraordinaria, cuando lo juzguen necesario; y a asamblea ordinaria, cuando omitiere hacerlo el directorio;
h) hacer incluir en el orden del día de la asamblea los puntos que consideren procedentes;
i) vigilar que los órganos sociales den debido cumplimiento a las leyes, estatutos, reglamentos y decisiones de las asambleas;
j) fiscalizar las operaciones de liquidación de la sociedad; y
k) investigar las denuncias que los accionistas le formulen por escrito, mencionarlas en sus informes a la asamblea y expresar acerca de ellas las consideraciones y proposiciones que correspondan, debiendo convocar de inmediato a asamblea para que resuelva a su respecto, cuando la situación investigada no reciba del directorio el tratamiento que conceptúen adecuado y juzguen necesario con urgencia.

Art. 1125.- Los síndicos son ilimitada y solidariamente responsables por el cumplimiento de las obligaciones que las leyes y el estatuto les imponen.
Su responsabilidad se hará efectiva por decisión de la asamblea. La decisión de la asamblea, que declare la responsabilidad, importa la remoción del síndico.

Art. 1126.- También son responsables solidariamente con los directores por los hechos u omisiones de éstos, cuando el daño no se hubiere producido si hubieran actuado de conformidad con las obligaciones de su cargo.
Adjunto un modelo que te servira para que tengas una idea luego con la opinion de otros, mejoraras el modelo.
 

Modelo solicitud de nota para inscripcion

Buenos dias, le rogaría si me podrian ayudar a un modelo de nota de presentación en la Abogacia del Tesoro para inscripcion de una s.a. o una s.r.l., gracias

Respuesta:

Alguien puede ayudar una manito a esto.!!.
Todos vienen a lanzar sus preguntas yo quiero que participen gente!!!!!

Asociacion de estibadores inscripta como entidad sin fines de lucro

Buenos dias! una consulta por favor!
cual es el tratamiento fiscal de una asociacion de estibadores inscripta como entidad sin fines de lucro? pagan iva? y las facturas por los servicios realizados deben ser como exentas o gravadas al 10%

Desde ya muchas gracias !

Respuesta:

Algunos de los seguidores/as de nuestro BLOG,  podrian responder a esta pregunta, para ayudarnos mutuamente y asi  propiciar un espacio de intercambio de experiencia. Pues nadie participa de esto!!!! nadie da su opinion si esta bien o mal.

Anticipo Iracis

Buenas tardes..desearia saber si para el pago del anticipo IRACIS se tiene encuenta el calendario perpetuo o se puede presentar cualquier fecha del mes de setiembre??

Respuesta:

Se tiene encuenta el calendario perpetuo.

Importaciones formulario 120


Gastos de nacionalización de importaciones

Tengo una duda con respecto al ítem O del rubro 8 del formulario 120 v2-Gastos de nacionalización de importaciones, 
con respecto al legajo de despachos que debo tomar en cuenta para completar ese ítem...

Derecho Aduanero
Indi
Servicio de Valoración
Tasas Portuarias
Honorarios de Despachante ?????????????????

Aguardo vuestros comentarios, desde ya muchas gracias...
Respuesta:
Tendrías que tener en cuenta lo siguiente:
Para  ampliar  el  concepto  solo  se  consideran  los  que  tengan  IVA,  dentro  de  los gastos

Gastos de Nacionalización (todos los gastos que tengan IVA)

Tasas portuarias
Tasas portuarias venta precinto
Flete
Fotocopia de documentos
Consularización
Hidrologial
Canje de documentos

Comprende los gastos en territorio aduanero (Honorarios del despachante, gastos de resguardo, gastos de estacionamiento, fletes internos, escritura pública de protocolizacion del escribano público, y todos los gastos facturados por el despachante.

Agregando a lo ya aportado paso información adquirida en un curso de capacitación sobre el llenado del Rubro 8 en lo referente a Importaciones;
l) en forma práctica se trabaja directamente con los datos utilizados por la Dirección Nacional de Aduanas o sea tomar como base imponible el que sirvió a esa institución para calcular el IVA.  

m) se transcribe el valor imponible aduanero que sirvió de base para el cálculo de los derechos aduaneros.

n) como su nombre lo indica el valor expresado en la factura comercial que sustenta el Despacho y por último el inc.

o) Gastos de nacionalización, la diferencia entre el valor final total de las mercaderías despachadas hasta el depósito del importador con la factura CIF del Despacho de importación.

Consulta sobre facturas

Buenas tengo un cliente bueno estoy pensando si va a ser mi cliente porque es medio complicado el tema, que me solicito que le gestione nuevos formularios de facturas el es un ingeniero de obras y tiene un aserradero.
la consulta es lo siguiente el solicito la primeras tiradas de facturas a través de un fulano cualquiera le mandaron a imprimir 10 talonarios de 50 cada una, yo le solicite que me traiga las declaraciones del IVA y demás pero grande fue ni sorpresa porque me trajo los talonarios y de los 10 talonarios de 50 hojas cada una solo llego a utilizar una hoja de 330.000 por ende su IVA es de 30.000 mil del 31 de marzo del 2010, desde ahí hasta la fecha no utilizo mas ninguna factura ya que el Sr. se había ido de viaje a España por temas laborales, el mes pasado regreso y quiere volver a abrir su negocio: mi consulta es como puedo hacer para ponerle al día con el fisco
es la primera ves que me sucede es por eso que para algunos le van a parecer algo sencillo pero para mi no espero sepan ayudarme para poder solucionar el inconveniente que tengo.

Desde ya muchas gracias

Respuesta:

Buenos días a todos
Los pasos que creo tenes que seguir:
1ro. Verificar el vencimiento del timbrado de las facturas.
2do. Si están vencidas, tenes que dar de baja utilizando el formulario 621 (si estoy en lo correcto) y pagar la multa.
3ro. Ver los formularios 120 (IVA) presentados y a partir del último prepararlos y presentarlos con la multa correspondiente, hasta la fecha.
4to. Una vez regularizado todo lo anterior, solicitar las facturas nuevas a cualquier imprenta habilitada (sólo lo necesario).
También podes solicitar el estado del cliente, para ver si hay algo pendiente para asegurar la impresión de las nuevas facturas, o sino espera si le salta algo a la imprenta que impida la impresión.
Si no declaras nada, tenes que preparar las declaraciones juradas desde en inicio de sus actividades según inscripción de su RUC y como te expliqué antes, pagar las multas correspondientes.

Espero te sirva como base para salvar esta situación.

Curso de analisis de creditos

 Curso de “ANÁLISIS DE CRÉDITOS PARA PyMES”

Las pequeñas y medianas empresas son señaladas como uno de los principales
participantes del crecimiento económico así como de la creación de empleos
de un país. Por dicho motivo, muchos bancos ven a las PyMES como un sector
estratégico para sus negocios. Sin embargo, el principal inconveniente que
según los Bancos enfrentan las PyMEs a la hora de solicitar un crédito son
las dificultades para cumplir con los requisitos y la informalidad con la
que llevan adelante su actividad, así como:

•        Información financiera insuficiente
•        Dependencia de la habilidad de los gerentes
•        Mucha diversidad de los tipos de negocios
•        Extrema sensibilidad a los cambios externos
•        Garantías insuficientes

Objetivos:

Proveer a los ejecutivos del sector financiero, de un conjunto de
herramientas analíticas que les permita evaluar las oportunidades y
riesgos  en el otorgamiento de créditos  PyMES teniendo en cuenta la
informalidad y la poca disponibilidad de información para este sector.  Al
finalizar el curso el participante deberá estar apto para:

•        Evaluar el riesgo de una empresa PyME poniendo énfasis en cuatro
aspectos principales: Propósito, repago, riesgo y estructura del préstamo.
•        Evaluar la viabilidad comercial y la sostenibilidad del modelo del
negocio y la habilidad de la gerencia de llevar adelante el plan de
negocio.
•        Anticipar el desempeño futuro de la empresa mediante la
aplicación de
supuestos realistas y su impacto en el crédito.
•        Identificar signos de deterioros del crédito, y considerar planes
correctivos.

Público al que va dirigido:  Analistas de Créditos PyMEs, Analistas de
Consumo que busquen promoción a categoría de Analista PyMEs, Oficiales de
Negocios que manejen Clientes PyMEs, Oficiales de Consumo que busquen
promoción a categoría de Oficiales de Negocios PyMEs.

La metodología:

-Clases presénciales
-Casos de estudio
-Discusiones de grupo

Programa:

•        Como afectan las condiciones económicas a las PyMES.
•        La importancia del Análisis de Industria en el financiamiento de
las PyMES.
•        Que rol juega de las estrategias en el éxito de las PyMEs.
•        Que rol juega el análisis de la Gerencia en el éxito de las PyMES.
•        Como conseguir y verificar información financiera y de mercado de
los clientes PyMES en las visitas.
•        Como evaluar la información financiera de los clientes PyMES y
como reconstruir los estados contables.

Docente:
Carla Bogado Yubi
•        Simon Fraser University – Canadá (2010)
Master in Economics
•       University of York – Inglaterra (1998)
Master in Project Analysis, Finance and Investment
•       Universidad Nacional de Asunción – Paraguay  (1995)
Economista. Ex funcionaria del Citibank. En el año 1998 ingresa en el área
de riesgos, desempeñándose como Analista de riesgos para créditos
corporativos. Posteriormente se traslada al Departamento de Recuperación
de Créditos, desempeñándose como Oficial de Recuperación. Finalmente asume
la Gerencia en el Departamento de Análisis de Crédito hasta el año 2002.
Formó parte del Comité de Créditos del Citibank. En el año 2005 se integra
a  la Agencia Financiera de Desarrollo. Su último cargo fue como Gerente
de Análisis de Créditos. Ex Docente de la Universidad Nacional de
Asunción, y de la Universidad Simon Fraser de Canadá. Docente de la
Universidad Americana para su modulo de Formulación y Evaluación de
Proyectos en el MBA. Especialista en la elaboración y evaluación de
proyectos de inversión. Actualmente se desempeña como consultora de
empresas y capacitadora corporativa. A sus cursos asisten profesionales
relacionados al otorgamiento de crédito de empresas tales como : Citibank,
Itau, Integracion, Atlas, BBVA, HSBC, Vision Banco, El Comercio,
Sudameris, Amambay, Interfisa, Banco Familiar, Fondo Ganadero, BNF entre
otros.

El cuso es altamente interactivo, donde la discusión y el intercambio de
ideas es parte  de proceso de aprendizaje.

Inicia el 3 al 12 de octubre de 2011.
Días de clase: Lunes, martes y miércoles de 17:30 hs a 21:00 hs.
Edificio OEC, Caballero N° 893 c/ Manuel Domínguez, Asunción
Inversión: 1.350.000 Gs.  Financiado

Se expedirán certificados  a los Participantes que cumplan
satisfactoriamente con los requisitos.

Para mayor información escribanos al correo electrónico  oec@rieder.net.py
 o llámenos al (021) 490637  -  441134.

IVA Pequeño Contribuyente Anual

Tengo una consulta, cuanto se le puede cobrar a un taller mecánico por su IVA ya que ahora es anual?? como es mejor cobralo mensual o anual? Es PEQUEÑO CONTRIBUYENTE antes era simplificado. Gracias

Respuesta:

Yo tengo un contribuyente identico caso pero el mio vende solo verduras en el abasto yo le cobro 70.000 I.I. mensual porque  la verdad igual dan trabajo.

Curso IRACIS

 Curso sobre  "IRACIS".

 CURSO EN SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

DIRIGIDO:
A profesionales del Área de Contabilidad, Administración, Finanzas,
Derecho y personas interesadas en el tema impositivo.

La metodología:

      -Clases presénciales
      -Casos de estudio
      -Discusiones de grupo

El Curso se desarrollará  en base a preguntas y respuestas, las clases
se combinarán en forma teórica y práctica con asientos contables.
La Ley Tributaria se estudiará por  artículo con sus reglamentaciones en
sus permanentes actualizaciones y modificaciones.
La disertante expondrá con ejemplos prácticos en base a sus experiencias
y conocimiento general y especial.

DOCENTE:
PROF. LIC. ALBA TALAVERA DE VALLEJOS PRESIDENTA DEL COLEGIO DE CONTADORES
DEL PARAGUAY.-

PROGRAMA:

I.- IMPUESTO A LA RENTA COMERCIAL (IRACIS)
-       Hecho  Generador
-       Venta de Inmuebles
-       Alquiler de Inmuebles
-       Intermediación Financiera – Préstamos- Intereses
-       Transporte de Bienes o de personas- Fletes
-       Dividendos – Utilidades (Utilidad comercial y Utilidad fiscal)
-       Tratamiento de la Distribución de Utilidades del  ejercicio o de
ejercicios anteriores
-       Contribuyentes
-       Renta Presunta para las diversas actividades
-       Renta Bruta
-       Valuación de Inventarios
-       Exoneraciones en el IRACIS
-       Gastos Deducibles y No deducibles
-       Ejercicios, llenado  de formularios
-       Aplicación de las reglamentaciones y sus modificaciones en su totalidad
Nota: la asistencia mínima  a las clases  presenciales   y la  entrega de
trabajo práctico o evaluación es de carácter obligatorio para  este
módulo.

Días de clases: los miércoles 21, 28 de setiembre y 5 de octubre de 2011 –
de 17:30 hs. a 21:30 hs.

Inversión: dos pagos de 275.000 GS.

Edificio OEC, Caballero 893 y Manuel Domínguez, Asunción

Confirme su participación o consulte llamando a los  Tel.  490637 - 441134
- email: oec@rieder.net.py

Forma de liquidación IRPC

Muy Buenas Tardes colegas. Por favor podrían aclararme lo siguiente ( ya consulte con varios profesionales y de hecho que tienen opiniones dispares). Tengo algunas DDJJ a regularizar de IRPC (PEQUEÑO CONTRIBUYENTE). En el formulario 123 el coeficiente de liquidación de IVA  utilizado es el 7,3 %. Ahora en el formulario 118 de Renta del pequeño contribuyente (renta cuatrimestral) se deduce o excluye el 7,3 % de lo obtenido en el formulario 123, o el 10%  de lo que figura en el libro de compras y ventas. Pregunto esto porque veo  que algunos liquidan de la dos formas que mencione.

Gracias a todos


Respuesta:

Para el formulario 118 se debe de excluir el 10% o 5%, según corresponda con el libro compras o ventas.
La tasa del 7,3% es solamente a los efectos del formulario 123 por la obligación de IVA simplificado.

Boleta de ventas


En la hora de registrar si es gravada se lleva como IVA gasto, o simplemente lo registro como exenta? si alguien me podría echar una mano en ese tema

Respuesta:
Las Boletas de Venta no generan IVA, es automáticamente costo del bien/servicio adquirido.
Según la reglamentación, las compra respaldadas con boletas de ventas serán consideradas como Compras Exentas.
En el caso de los contribuyentes de IMAGRO exclusivamente, donde todo el IVA relacionado - correctamente documentado, es gasto deducible; el IVA de las BV lo envían como IVA GASTO DEDUCIBLE o como IVA GND? Porque faltaría completar con el requisito de "debidamente documentado" ya que los comprobantes que avalan el crédito fiscal son las facturas.

IMAGRO y (IVA General / IRPC)

Una consulta sobre ganadería

Persona física inscripta en IMAGRO y prestador de servicios varios (IVA
General / IRPC)

Una empresa le entrega animales vacunos para el engorde de los mismos, una
vez logrado los kilos necesarios el le devuelve los animales, y este le paga
por el servicio.-

Se factura como servicio de engorde con 10% de IVA o estoy equivocado en mi
deducción.

Respuestas:


1- ) El enfoque correcto es que esta operación se aborde desde el punto de vista de un Contrato de Capitalización de Engorde.
2- ) No se debe Facturar como un servicio, porque no lo es.
3-) El que recibe los Animales para el Engorde (digamos es quien tiene el Campo) .. y una vez conseguido al peso optimo de los animales, tiene que lanzar una FC al Capitalizador, en el momento en que reciba las Ganancias o Utilidades, en concepto de Engorde a xx animales..
4-) Estos ingresos (para ambas partes) son considerados gravados por el Imagro..
5- ) Importante tomar la precaución de contar con un Contrato de Capitalización entre las partes, que se rija por lo dispuesto en materia de Contratos Rurales, según el Estatuto Agrario, que no esta regulado por las normas del Derecho Civil.

Empresas Unipersonales

Tengo el caso de un arquitecto que desea inscribirse bajo la figura de "Empresa Unipersonal" para facturar sus servicios de proyectos, construcciones e incluso eventualmente compras y ventas de inmuebles.
 
Conforme a este planteamiento, las consultas son las sgtes.:
 
a) Existe algún límite tope de facturación anual que esté vigente para seguir dentro del tipo de contribuyente unipersonal?
b) Tiene alguna implicancia realizar las actividades mencionadas mas arriba, en forma conjunta?
 
Desde ya muy agradecido, que tengan un lindo resto de dia.

Respuesta:
No tiene limites de facturación para un contribuyente unipersonal, lo que si tiente límite es la cédula triburia a la cual lo inscribes, es decir, si su facturación no supera los 100 millones anuales puede inscribirlo en la categoría del IRPC; si lo supera, a partir del ejercicio siguiente debes cambiar de información e inscribirlo en la categoría de IRACIS, pero siempre continuará siendo una empresa unipersonal. Además debes incribirlo en el IVA.
No tiene implicancia que realice tales actividades conjuntamente, pero debes tener en cuenta que los honorarios por elaboración de proyectos constituye un servicio personal no alcanzado por el Impuesto a la Renta, pero los servicios de construcción y compra-venta de immuebles sí; por lo tanto, los gastos que afecten indistintamente a ambas actividades deben ser prorrateados a los fines de determinación del impuesto.
Saludos

Nota para abogacia del tesoro


Modelo de nota para presentación a la Abogacia de la Asamblea hecha. Espero les sirva



Descargar documento

Libro Compras y Ventas IVA



Quería hacer una consulta insignificante: Según el Art. 74 del Código del Comercio los libros obligatorios son el Diario y el Inventario ampliado por la Res. 412/04 a los libros Mayor, Compras y Ventas. Estos tres últimos libros deben estar rubricados sí o sí? Espero que puedan aclarar mi duda.



Respuesta:


El art. 3 de la Res. 412 responde tu pregunta, en el sentido de que solo es necesario rubricar los libros de compras y ventas en el caso que los registros del diario se realicen en forma sintética.

Art. 3º.- CONTABILIDADES ANALÍTICAS: En caso de contabilidades analíticas o libros auxiliares (tales como: caja, compras, ventas y otros), podrán efectuarse en el libro diario asientos sintéticos comprensivos de operaciones realizadas en períodos de tiempo no mayores de un mes. Para ello será necesario que en los libros auxiliares se asienten en forma detallada, las operaciones diarias, según el orden en que se hubieran efectuado, de acuerdo con los principios aceptados en la técnica contable, considerándose parte integrante del Diario, debiendo el libro auxiliar optado ser rubricado previamente por el Registro Público de Comercio.

Resol 412
Art. 5° - LIBRO MAYOR: En el Libro Mayor se registrarán en forma clasificada y sistemática los hechos contables ya registrados en el Diario, por orden  cronológico, de tal manera que se conozca el movimiento y saldo de cada una de las cuentas.
" El Libro Mayor debe estar numerado en todas sus hojas, las cuales deberán  estar rubricadas o selladas, antes de su utilización, por el Registro Público de Comercio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78° de la Ley 1034/83"

Reducción de Capital Social


Me podrían indicar cuáles son los pasos a seguir para la reducción de capital de una S.A.?
Desde ya muchas gracias por su colaboración,

Respuesta:

Favor Leer con mayor detalle dentro del Código Civil, la sección con respecto a la Asamblea de Accionistas y Leer lo establecido en los Estatutos de cada sociedad en cuestión, donde están los pasos a seguir para aumentar o reducir el Capital, y si ahí no figura se rige por las generales establecidas en el Código Civil Ley 1183/85. Leer Sección de las Sociedades Anónimas desde los Art. 1048 al 1159

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS:

Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias y extraordinarias y deben celebrarse en la sede social.

Las Asambleas Ordinarias deben ser convocadas por los directores o el síndico, cada año y dentro de los cuatro meses del cierre del ejercicio, para tratar y resolver sobre lo siguiente:

* Memoria anual de los directores, balance y cuenta de ganancias y pérdidas, distribución de dividendos, informe del síndico y toda otra medida que le competa de acuerdo a la ley y los estatutos;

* Elección de directores y síndicos y fijación de su retribución;

* Responsabilidad de los directores y síndicos y su remoción;

* Emisión de acciones.

Las Asambleas Extraordinarias podrán ser convocadas por los directores en cualquier momento, o por el síndico cuando lo considere necesario o conveniente, o a pedido de accionistas que representen el cinco por ciento (5%) del capital social (a menos que los estatutos dispongan otra cosa) para tratar lo siguiente:

* Modificación de los estatutos;

* Aumento o reducción del capital;

* Rescate, reembolso o amortización de acciones;

* Fusión, transformación o disolución de la sociedad y todo asunto relativo a la liquidación y los liquidadores;

* La emisión de debentures o el canje de los mismos por acciones;

* Emisión de bonos de participación.

Renuncia por voluntad propia

Mi consulta es la siguiente: Tengo una antiguedad de 10 años , renuncio por voluntad propia, me corresponde cobrar indemnizacion? que se tiene en cuenta a la hora de hacer una liquidacion por indemnizacion? y los porcentajes que corresponde aplicar al realizar la liquidación. Desde ya muchas gracias. Gracias

Respuesta:
Si renuncias por voluntad propia no coresponde nigun de indemnizacion. Solamente te corresponde el Aguinaldo Proporcional y las vacaciones causadas, si es que no la usufructuaste(no las proporcionales)

La indemnizacion solamente se paga cuando el empleado es despedido y esta en funcion a la antiguedad (15 dias de salario por año trabajado o fraccion de 6 meses o superior) Cuando un empleado tiene mas de 10 años no podes despedirlo facilmente, porque ya cuenta con estabilidad de acuerdo al C.T.

A los efectos de la deduciblilidad tendrias que hacer los aportes a  IPS, tanto para el pre aviso como por la indemnizacion.

Alquiler disposiciones


Por este medio quisiera preguntarles lo siguiente. Una persona que se dedica al ramo de los alquileres, cuáles son los libros que debería llevar, o en todo caso a que disposiciones se encuentra reglamentado, si me podrían indicar por favor.

Desde ya agradecido y sin otro particular

Cordiales saludos

Respuesta:
Yo creo que:
 1.    Libro Iva Compras
2.    Libro Iva Ventas

Si el monto anual percibido por el cliente en concepto de alquiler igual o menor a 100 millones su categoría es IRPC e IVA. (LIBRO COMPRA - VENTA)

Si el monto sobrepasa los 100 millones anuales corresponde que tribute en IRACIS e IVA. (LIBRO CONTABLES + COMPRA + VENTA).

Podría también ser régimen presunto que es apenas el 4.5% de impuesto sobre los ingresos, creo que es el régimen más económico.

Adjunto material  RENTA PRESUNTA PARA CONDOMINIOS Y SUCESIONES INDIVISAS POR RENTAS INMOBILIARIAS.
 

Retencion Flete Internacional - Parte 2

El Dto. 6806 se refiere al IVA y la explicacion de Francisco esta relacionado a este impuesto y es correcta

Sin embargo la pregunta de Luis se refiere al IRACIS, por consiguiente se debe realizar la retenciones correspondiente ( 3% sin absorcion y 3,09% con absorcion)

Es mas, si es valor CIF y no esta discriminado el flete, la base imponible se calcula sobre el 10% del valor factura y posterioremente se aplican las tasas del parrafo precedente.

Por Ejemplo: Valor FACTURA          CIF USD 100.000.- (sin discrimianr flete)
                    Flete Base Imponible  10% USD  10.000.-
                    Retencion Iracis         3.09% (Con Absorcion) USD 309.- (es improbable que el vendedor del exterior acepte retenciones sobre el flete)

Ahora bien, Luis hace mencion a un Acuerdo y Sentencia, en que la compañia fletera tiene domicilio fiscal en Paraguay y tiene RUC. En este caso, para que no se realice la retencion, la empresa Paraguaya es la que debe facturar el monto del flete y en ese caso no procede la retenciion, a no ser que sea una obligada (exportadores y asimilables por ejemplo)

Pero ahi surge otra cuestion que es que la mercaderia no es valor (CIF - Costo Seguro y Flete). Puede darse el caso que plantea Luis, en el sentido que sea TAM, la que transporta, pero no es TAM la que emite la factura por consiguiente debe procederde a la retencion via absorcion del IRACIS que corresponde al flete y al seguro.


Es mi opinion, saludos

Identificador RUC

Consulto lo siguiente
¿Es posible solicitar el cambio de número de ruc? Con el objeto prolongar el vencimiento
Gracias

Respuesta:

En realidad no creo que sea posible en razón de que todos los demás contribuyentes también por solicitarían.. Pero es interesante la consulta, simplemente me viene en la mente la imposibilidad de gozar del mismo derecho para las personas físicas que también son contribuyentes pero que están debidamente identificados como tales en razón de sus cedulas de identidad y tal documento no puede ser cambiado bajo ningún amparo legal.. No se las personas jurídica pero las físicas no veo la forma...

Curso de “ANÁLISIS DE CRÉDITOS PARA PyMES”

Organización Especializada en Capacitación

Invita a  participar del  Curso de “ANÁLISIS DE CRÉDITOS PARA PyMES”

Las pequeñas y medianas empresas son señaladas como uno de los principales participantes del crecimiento económico así como de la creación de empleos de un país. Por dicho motivo, muchos bancos ven a las PyMES como un sector estratégico para sus negocios. Sin embargo, el principal inconveniente que según los Bancos enfrentan las PyMEs a la hora de solicitar un crédito son las dificultades para cumplir con los requisitos y la informalidad con la que llevan adelante su actividad, así como:

•        Información financiera insuficiente
•        Dependencia de la habilidad de los gerentes
•        Mucha diversidad de los tipos de negocios
•        Extrema sensibilidad a los cambios externos
•        Garantías insuficientes

Objetivos:

Proveer a los ejecutivos del sector financiero, de un conjunto de herramientas analíticas que les permita evaluar las oportunidades y riesgos  en el otorgamiento de créditos  PyMES teniendo en cuenta la informalidad y la poca disponibilidad de información para este sector.  Al finalizar el curso el participante deberá estar apto para:

•        Evaluar el riesgo de una empresa PyME poniendo énfasis en cuatro aspectos principales: Propósito, repago, riesgo y estructura del préstamo.
•        Evaluar la viabilidad comercial y la sostenibilidad del modelo del negocio y la habilidad de la gerencia de llevar adelante el plan de negocio.
•        Anticipar el desempeño futuro de la empresa mediante la aplicación de supuestos realistas y su impacto en el crédito.
•        Identificar signos de deterioros del crédito, y considerar planes correctivos.

Público al que va dirigido:  Analistas de Créditos PyMEs, Analistas de Consumo que busquen promoción a categoría de Analista PyMEs, Oficiales de Negocios que manejen Clientes PyMEs, Oficiales de Consumo que busquen promoción a categoría de Oficiales de Negocios PyMEs.

La metodología:

-Clases presénciales
-Casos de estudio
-Discusiones de grupo

Programa:

•        Como afectan las condiciones económicas a las PyMES.
•        La importancia del Análisis de Industria en el financiamiento de las PyMES.
•        Que rol juega de las estrategias en el éxito de las PyMEs.
•        Que rol juega el análisis de la Gerencia en el éxito de las PyMES.
•        Como conseguir y verificar información financiera y de mercado de los clientes PyMES en las visitas.
•        Como evaluar la información financiera de los clientes PyMES y como reconstruir los estados contables.


Docente:
Carla Bogado Yubi
•        Simon Fraser University – Canadá (2010)
Master in Economics
•       University of York – Inglaterra (1998)
Master in Project Analysis, Finance and Investment
•       Universidad Nacional de Asunción – Paraguay  (1995)
Economista. Ex funcionaria del Citibank. En el año 1998 ingresa en el área
de riesgos, desempeñándose como Analista de riesgos para créditos
corporativos. Posteriormente se traslada al Departamento de Recuperación
de Créditos, desempeñándose como Oficial de Recuperación. Finalmente asume
la Gerencia en el Departamento de Análisis de Crédito hasta el año 2002.
Formó parte del Comité de Créditos del Citibank. En el año 2005 se integra
a  la Agencia Financiera de Desarrollo. Su último cargo fue como Gerente
de Análisis de Créditos. Ex Docente de la Universidad Nacional de
Asunción, y de la Universidad Simon Fraser de Canadá. Docente de la
Universidad Americana para su modulo de Formulación y Evaluación de
Proyectos en el MBA. Especialista en la elaboración y evaluación de
proyectos de inversión. Actualmente se desempeña como consultora de
empresas y capacitadora corporativa. A sus cursos asisten profesionales
relacionados al otorgamiento de crédito de empresas tales como : Citibank,
Itau, Integracion, Atlas, BBVA, HSBC, Vision Banco, El Comercio,
Sudameris, Amambay, Interfisa, Banco Familiar, Fondo Ganadero, BNF entre
otros.

El cuso es altamente interactivo, donde la discusión y el intercambio de
ideas es parte  de proceso de aprendizaje.

Inicia el 19 al 27 de septiembre de 2011.
Días de clase: Lunes, martes y jueves de 17:30 hs a 21:00 hs.
Edificio OEC, Caballero N° 893 c/ Manuel Domínguez, Asunción
Inversión: 1.350.000 Gs.  Financiado

Se expedirán certificados  a los Participantes que cumplan
satisfactoriamente con los requisitos.

Para mayor información escribanos al correo electrónico  oec@rieder.net.py
 o llámenos al (021) 490637  -  441134.

Retencion Flete Internacional

Estimados buenas tardes:
Ejemplo:
 
Una empresa realiza un importacion de un proveedor a valor CIF, la empresa de transporte aereo que realiza el flete es TAM, que tiene habilitada aca en Py su agencia y/o sucursal y/o establecimiento o sea tiene su RUC aca en Py.
 
La pregunta: Corresponde aplicarle la retencion del IRACIS ??????,
 
La duda surge, ya que hay una sentencia del Tribunal de cuentas 2a sala del 2009 de la cual,  no tengo la transripcion completa solo el Numero de Sentencia que es el 21/09 que dice que No corresponde las retenciones sobre fletes relacionados a la importacion cuando la empresa fletera tiene domicilio y RUC en el Py.
Sin embargo la norma dice que en los fletes internacionales, las retenciones se efectuan cuando el transporte es realizado por empresas extranjeras o por empresas con sucursales en el pais, pero sin intervencion de las mismas.
 
En que quedamos ?????
 
Aguardo opiniones.
 
Saludos!!

Respuesta:
No, no corresponde la retención, por que no hay territorialidad.

Si lees el art. 19 del Dto. 6806, inciso C, vas a ver que dice que la jurisdicción paraguaya será desde la aduana por donde ingresa al país, hasta el destino final en el territorio paraguayo.

Entonces, TAM te deja en zona primaria, y no hay territorialidad, y no le alcanzan los impuestos. Si TAM te deja en el aeropuerto, y trasladás la mercadería para su despacho a un depósito fiscalizado, esa si es jurisdicción paraguaya. Si te transportan hasta la aduana, despachás y el mismo avión te lleva la mercadería al chacho, esa parte si es paraguaya (aunque sea aéreo).

Se considera jurisdicción internacional el espacio aéreo de transporte de personas y cargas internacional, y los ríos navegables. Por eso, para el Paraguay, solo se debe hacer retenciones por el transporte terrestre, no por el aéreo y fluvial (y menos el marítimo) salvo honrosas excepciones.

Renuncia voluntaria trabajador tiempo de preaviso

Muy buenas tardes queridos colegas...una consulta.?

- El empleado al renunciar debe dar un preaviso al empleador...? si fuera así de cuantos días serian.? y por ese periodo de pre aviso el empleador deberia de pagarle nuevamente.?

Gracias.

Respuesta:

Reglamentación de IPS en caso de accidente

Para la gente que está en RR.HH., saben como proceder en caso de que un empleado tenga un accidente dentro de la empresa?

Me podrían orientar por favor en que reglamentación puedo buscar sobre el tema, una de las dudas que tengo es cuanto al reposo, IPS debe abonarle el 100% o es como los demás reposos?

Desde ya, agradezco la atención.

Respuesta:

El IPS en caso de accidente de trabajo abona el 75% del promedio de salarios sobre los cuales cotizó el asegurado en los últimos 4 meses anteriores al comienzo de la enfermedad o accidente.

Podes buscar más información en el Manual del Asegurado de IPS el cual podes descargar de la página web.

Espero te sea de utilidad.

Colegio Privado Matricula


Que opinan ustedes sobre este tema: Un colegio privado reconocido por el MEC que tributa IRACIS-IVA necesita rubricar sus libros contables. Es necesario que obtenga matricula del comerciante?

Respuesta:
Creo que el tema no va por que sea necesario, es que esta gente del registro público te lo va a pedir, además del certificado de interdicción a nombre del propietario.

Te comento que:
 1.    Las entidades sin fines de lucro que realicen actividades gravadas por el Iracis  están obligadas a llevar registros contables.
2.    Deben adecuarse a la Ley del Comerciante.
3.    Esta establece la obligatoriedad de la matrícula.

SANRI o RED UTS

Alguien tiene experiencia en cómo funciona la facturación a través de estas empresas?

Como son INTERMEDIARIAS, pero en las ENTRADAS A ESPECTACULOS PUBLICOS (GRAVADAS) el timbrado sale a nombre de ellas, y solo te facturan por la comisión que cobran.

Muchas gracias y que Dios les bendiga

Respuesta:

En mi criterio puede ser una de estas opciones:

a)      La administradora de las entradas factura el espectáculo al espectador, y el organizador le factura a la administradora su parte, quedando en la administradora solo la parte residual de sus servicios.
b)      El organizador factura al espectador las entradas, las que son manejadas por una administradora, quien luego le rinde cuentas de las entradas vendidas al organizador y le factura sus servicios.
c)       La administradora factura el espectáculo al espectador, y le entrega el ticket del organizador y su factura por servicios (poco interesante, al expedir dos comprobantes al mismo tiempo).
 Es sabido que aparece en UN SOLO DOCUMENTO, el monto del espectáculo y el servicio de la administradora. No hay problemas que aparezcan discriminados los montos, pero no se puede hacer un solo documento, que luego dos entidades distintas pondrán como sus ventas, por la parte que les corresponde. No se puede conforme a los art. 2 y 14 del dto. 65396/05.
Sobre este caso, tengo entendido que se firma un contrato entre la empresa administradora (UTS) y la empresa que ofrecería el servicio de venta de adhesiones, y por el cual se estipula un porcentaje de comisiones a pagar por dicho servicio.
Los pasos son los sgtes.:

1 - La Empresa Administradora (UTS) remite a la empresa vendedora los tickets en blanco para la venta de las adhesiones. (Los tickets están a nombre de la empresa administradora)
2 - La Empresa Vendedora al efectuar una venta, da ingreso de efectivo en su caja y expide el ticket de la entrada a los clientes.
3 - El cierre del día, se realiza un arqueo de las ventas realizadas bajo el concepto de ventas de entradas para determinar dichas partidas.
4 - Al día sgte. el importe resultante del arqueo, es depositado íntegramente en la cta.cte. de la empresa administradora, dando salida a caja del importe.
5 - Al cierre del mes, se hace una conciliación y liquidación de las ventas, y sobre esto se factura por las comisiones, conforme lo estipulado en el contrato.

Espero les sirva. Saludos,

Contrato de Trabajo


Sera que alguien me puede facilitar algún modelo de contrato de trabajo de preferencia con residencia en el lugar de trabajo?

Desde ya muchas gracias

Respuesta:

Esta página tiene datos muy importantes te envió la dirección, es muy útil.

http://es.scribd.com/doc/44155380/Modelos-y-Contratos

Espero te sirva.

"Gente no es que soy mala ni antipatica, ya varias veces me estan pidiendo o haciendo las mismas preguntas, favor revisen bien si sus preguntas ya no se encuentran respondidas ya en nuestro blog, porque hay muchas que ya son repetitivas vamos a formular otros tipos de  preguntas  no de preescolar. Siempre con margen de respeto.

Les agradezco"

Venta por tarjetas de crédito

 Tendrían la amabilidad de indicarme las gestiones a seguir para venta por tarjeta de crédito para un local comercial.

Muy agradecida

 Respuesta:

Llama a BANCARD y ahi te dan los requisitos para saber si vas a querer o no el servicio primero tenes que tener una idea de la cantidad que vas a vender (con tarjeta porsupuesto)

Se que tenes que tener una linea telefonica exclusiva para el pos, o de lo contrario pedi el pos manual.

Procard
BEPSA
Cabal

Cada una de ellas representa diferentes marcas de tarjetas.

Saludos cordiales,

Nuevos precios de rubrica de libro y hojas

Por si les sea util adjunto CIRCULAR Nº 5 del Departamento de Ingresos Judiciales.

Informes de Auditoria Subsecretaría de Estado de Tributación

Más de 800 contribuyentes aún no han presentado sus informes de auditoria
 
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Fiscalización Tributaria prosigue con los trabajos de monitoreo y notificación a contribuyentes que aún no han cumplido con la obligación de presentar los Informes de Auditoría Externa; ascendiendo a un total de 869 los  contribuyentes omisos.
 
Por el ejercicio fiscal 2010, 3.825 contribuyentes se encuentran obligados a presentar los Informes de Auditoría Externa, que consiste en la Opinión del Auditor, Informes y Recomendaciones de Aspectos Tributarios y los Estados Financieros previstos en la resolución 173/04; dando cumplimiento un total de  2.956 contribuyentes.
 
 
Conforme lo establece el Art. 33 de la Ley 2421/04, están obligados a presentar los informes de auditoría externa aquellos contribuyentes, que en el transcurso de un ejercicio fiscal hayan obtenido una facturación igual o superior a G. 6.000.000.000(Guaraníes seis mil millones). 
 
El Director General de Fiscalización, Fernando Flecha afirmó que se están controlando los informes presentados por los contribuyentes y en caso de detectarse inconsistencias, se inician controles o fiscalizaciones puntales.
 
Es importante resaltar que la resolución general 20/08 en su Art. 10° señala que la responsabilidad por la veracidad de la información proporcionada a la Subsecretaría de Estado de Tributación es de exclusiva responsabilidad del contribuyente; por otro lado en el Art. 12° de la mencionada norma se establece los tipos de infracciones que pueden ser cometidas por los auditores y en el Art. 13° se establecen las sanciones correspondientes.

Asiento contable de una sociedad anonima

Me podrian ayudar a conocer el primer asiento contable de una sociedad anonima, la constitucion, la integracion, etc, gracias.-

Respuesta:

Me habia parecido responder esta pregunta, pero igual aqui esta.

------- 3 ---------

Accionistas comunes…………………...........… 100.000
Capital social…………………………………………………….....100.000
Para registrar la constitución de la empresa XXX según.
La suscripción de acciones por parte de los socios.
Por la constitucion de la SA.

--------3---------

Caja (debito)...................................................... 25.000
a Accionistas (credito)..........................................................................25.000
Por la integracion en efectivo del 25% del capital

Cuando los socios cancelan las acciones suscritas:

------- 5 ----------
Efectivo en banco………………………...…....... 20.000
Inventario de mercancía……………........…........ 30.000
Maquinaria……………………………..………. 60.000
Accionistas comunes………………………………………………. 100.000
Cancelación de las acciones suscritas.

--------   -----------

Balance comparativo según NIC 34

Balance intermedio comparativo, según como entiendo esta NIC 34 que transcribo más abajo, que habla al respecto, el balance se debe presentar comparado por ejemplo al 30/06/11 vs. 31/12/10
Ahora donde me surge la duda es en el estado de resultado, se debe presentar con la misma comparación del balance o debe ser 30/06/11 vs, 30/06/10

Consulta para alguien que domine las NIC, 

NIC 34 Información a revelar sobre el cumplimiento de las NIC 19. La empresa debe revelar el hecho de que su información financiera intermedia ha sido elaborada de acuerdo con esta Norma Internacional de Contabilidad, siempre que haya respetado sus requisitos al elaborarla. En la información financiera intermedia no debe declararse que se cumplen las Normas Internacionales de Contabilidad, salvo que se hayan respetado las exigencias de todas y cada una de las Normas aplicables, así como todas las interpretaciones de las Normas aplicables, tal como las ha emitido el Comité de Interpretaciones.

Negocio Fiduciario

Es para pensar.
Espero sus comentarios!


Negocio Fiduciario

Crisis mundial


CON UNA CRISIS MUNDIAL EN PUERTAS… ¿QUÉ PUEDE PASAR CON LOS GRANOS?

A medida que transcurren los días, caemos más en la cuenta de que el mundo está ingresando en una etapa de menor crecimiento.
El famoso viento de cola parece que amengua.

¿EE.UU. puede caer en default?

Algo impensable, hace unos meses atrás, es hoy una posibilidad. Improbable, pero posible.


¿Es probable un default en la gran potencia del mundo? Difícilmente, pues el problema más bien resulta ser político. De puja entre demócratas y republicanos. Algo que, seguramente, se resuelva sobre el límite.

Un cuadro así de grave, daría por tierra con el valor del dólar y de las acciones y bonos.

Y el oro se iría a las nubes. Hoy está en más de 1.600 dólares la onza.

Es más factible que se de una situación intermedia. Ni el caos, ni la el crecimiento registrado hasta ahora.

Más probable es que la deuda de este país abandone la calificación AAA, algo que, ciertamente, convulsionaría el mundo.

Entre los acreedores, los países que están más expuestos son China y Japón, los mayores tenedores de bonos de EE.UU. Y le siguen Gran Bretaña, la OPEP y Brasil. Este último se dirige a una situación particularmente compleja, ya que su moneda se encuentre en un nivel sobrevaluado.


Un escenario de fuertes turbulencias, así, llevaría a una contracción de la demanda en el mundo. Los emergentes, en general, y China, en particular, sufrirían la restricción de sus exportaciones hacia los países avanzados.

A consecuencia de ello, la demanda de éstos se vería afectada. Por ejemplo, Brasil y China, principales destinos de las exportaciones argentinas, podrían verse perjudicados. En este contexto, es posible que el real brasileño tienda a devaluarse y ello afectaría seriamente nuestra competitividad.

Sin embargo, en este cuadro tan negativo, vale recordar que a la hora de decidir, la demanda prioriza el alimento, por lo que si hubiese una contracción generalizada la realidad es que ella sería menor en el rubro de los granos.

Que la Argentina se vería en serios aprietos, no cabe duda.

Porque no es cierto que el país esté blindado para los golpes externos. Si bien es verdad que la imposibilidad de acceder al crédito internacional ha dejado al país más o menos independiente de la oferta financiera mundial, ello no quiere decir que la restricción en la demanda de productos no lo afectaría. Claro que sí: si la capacidad importadora de los países compradores se redujera, las exportaciones se resentirían.

Sobre todo en aquellos sectores ligados a la capacidad de importación de países como Brasil.

Pero a diferencia de productos muy industrializados, los commodities provenientes del agro, por ser destinados a la alimentación, no deberían sufrir tanto.

Fuente: Manuel Alvarado Ledesma, Agrositio.

Es para analizar Ajepa!!

Para leer todo


LOS CLAVOS EN LA REJA
La última frase es la más importante

Hubo una vez un niño que tenía muy mal genio.

Su padre le regaló una caja de clavos y le dijo que cada vez

que perdiera el control tenía que clavar un clavo en la

Parte trasera de la reja

El primer día

El niño había clavado 37 clavos en la reja.

Durante las próximas semanas,

como había aprendido a controlar su rabia,

 la cantidad de clavos comenzó a  desminuir diariamente.

Descubrió que eras más fácil controlar su temperamento que

clavar los clavos en la reja.

 Finalmente llegó el día en que el niño no perdió los estribos.

Le contó a su padre sobre ésto y su padre

le sugirió que por cada día que se pudiera controlar

Sacara un clavo

Los días transcurrieron y el niño finalmente

le pudo contar a su padre  que había sacado

todos los clavos

El padre tomó a su hijo de la mano

y lo llevó hasta la reja. Le dijo: “Haz hecho bien,

hijo mio, pero mira los hoyos en la reja.

La reja nunca volverá a ser la misma.

Cuando dices cosas con rabia,

dejan una cicatriz igual que ésta.

Le puedes clavar un cuchillo a un hombre

y luego sacárselo. Pero no importa cuántas

veces le pidas perdón, la herida siempre seguirá ahí”

Una herida verbal es tan dañina como una física.

Recuerda que los amigos son joyas muy escasas.

Te hacen reir y alentarte para que progreses; te prestan

un oído, comparten palabras de aprecio y siempre

quieren abrirnos su corazón

Esta es la Semana Internacional de la Amistad.

Demuéstrale a tus amigos cuanto los aprecias…

TÚ ERES MI AMIGO Y ME SIENTO HONRADO

PERDÓNAME, POR FAVOR, SI ALGUNA VEZ HE DEJADO UN “AGUJERO” EN TU REJA.

Contadores: información actualizada

Buenas

Les hago llegar el material, favor compartir con los otros colegas.

 Pueden descargar desde este enlace directamente de a Federacion Internacional de Contadores, es cuestión solo de seguir las indicaciones.

http://www.ifrs.org/IFRS+for+SMEs/IFRS+for+SMEs+and+related+material.htm#sme_es

 Ir a la seccion de Español, Spanish y bajar lo que corresponda. En esa seccion esta la Norma, Documentos Varios y los Ejemplos de aplicacion Practica.

 Mas datos En la pagina de www.ifrs.org.

Esta es la seccion de la misma darle click, en cada seleccion, "creo que deberan suscribirse a la misma (Es gratis), y de paso recibiran en forma constante informacion actualizada de la entidad que regula nuestra profesion a nivel internacional" IFRS for SMEs in Spanish / NIIF para las PYMES

Norma Fundamentos de las Conclusiones

Estados Financieros Ilustrativos y Lista de Comprobación de Información a Revelar y Presentar.

Facturas de Exportación


Las facturas de exportación se diferencian de las facturas comunes y en qué aspectos. También desearía saber si el trámite del timbrado difiere para las facturas de exportación.

Respuesta:
Debe leer el art 85° de la ley 125/91 y modificada por la 2421/04 así como el decreto reglamentario del timbrado y sus respectivas resoluciones y modificaciones.
Si no encuentra un modelo de especial en estos, y desea incluir o habilitar un formato especial de acuerdo a su cliente del exterior o el tipo de bien que exporta debe pedir a la Administración Tributaria que le apruebe el formato

Formulario 120 Imagro



"Quisiera saber por favor si el formulario 120 nueva version tengo que utilizarlo para declarar el iva crédito fiscal para una persona física dedicada a la cría y engorde de ganado que está inscripto en imagro bajo el régimen presunto y si tendría que declarar a partir de agosto en forma mensual?

Respuesta:

A mi criterio: Si no esta inscripto en IVA no tiene que declarar nada - si lo estuviese por Honorarios Profesionales o alquileres o lo que sea, si debe declara mensualmente los gastos relacionados.
Solo cuando la persona fisica sea contribuyente de iva por servicios personales, sea contibuyente de iva e irasis (renta del pequeño contribuyente o regimen general) , en ese caso se debe consignar en el rubro 8 inc.i o j segun que el credito sea del 10 o del 5, si se utilizan en el imagro autofacturas tambien deben consignarse en el rubro 8 inc.K

Servicios Tecnicos de ingeniería o Imagro

Una consulta tengo un cliente que es Ingeniero Agrónomo, está inscripto en la actividad 742104 Servicios Tecnicos de ingeniería (agronomía) ahora me pidó que le inscriba como actividad secundaria Cultivo de productos agrícolas y cría de ganado, el no posee inmueble lo va a alquilar, bajo que régimen de RENTA lo debo inscribir?"
Gracias.

Respuesta:

Si va a realizar esa actividad SI, ahora el contrato alquiler que va firmar tu cliente tenes que acompañar, de que inscriban en el Imagro.

Imagro simplificado, por la actividad secundaria.
Iva por servicios profesionales (ing agronomo).
Para que te inscriban al imagro necesariamente debes contar con un contrato de alquiler, capitalizacion, pastaje, usufructo, o similares, para justificar en que "tierra" estas cultivando o criando ganado.

Información docentes privados al IPS

Les remito la siguiente información respecto al aporte de docentes privados al IPS, vigente a partir de los aportes de agosto a pagar en setiembre.


IPS DOCENTE PRIVADO

Extravío de los comprobantes y libros

Una consulta estimados:
En caso de extravío de los comprobantes y libro de compras/ventas de un profesional universitario contribuyente, que se debe hacer?
La denuncia policial para dejar constancia por una posible intervencion en algún momento? o no es necesario?
Desde ya , gracias por la atención.

Respuesta:

Efectivamente debes realizar la denuncia policial INDEFECTIBLEMENTE!!, y también avisar con copia de la denuncia a la SET.

Según mi criterio.